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Cripto247
Jul 19, 2026 6:00 AM

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió hasta el 27 de agosto de 2026 el plazo para presentar las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2025. La medida alcanza a las personas humanas obligadas a cumplir con el trámite.

El nuevo calendario mantiene una diferencia clave entre la presentación y el pago. Los contribuyentes podrán entregar la documentación durante agosto, mientras que el ingreso del saldo deberá realizarse el 27 de julio.

ARCA explicó que la extensión busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. La decisión representa la segunda modificación del cronograma original, cuyos vencimientos estaban previstos inicialmente para junio.

Ganancias 2025: qué vence en julio y qué puede presentarse en agosto

La prórroga alcanza únicamente a la presentación de la declaración jurada. El pago del impuesto conserva la fecha establecida para el 27 de julio, por lo que cada contribuyente deberá calcular e ingresar el monto correspondiente antes de contar con el formulario definitivo presentado.

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De esta manera, quienes necesiten completar documentación, revisar información patrimonial o corregir datos tendrán un mes adicional para cerrar el trámite formal. Esa extensión no modifica el momento en el que debe abonarse la obligación.

El Gobierno ya había desplazado las fechas originales ante los pedidos realizados por profesionales de Ciencias Económicas. La demora en el ingreso de esos recursos también fue señalada por las autoridades entre los factores que afectaron el resultado fiscal del mes anterior.

La nueva decisión se conoció después de una reunión entre el ministro de Economía, Luis Caputo, y especialistas tributarios. El encuentro estuvo centrado en los cambios que el oficialismo busca introducir mediante una nueva etapa de la denominada Ley de Inocencia Fiscal.

Los cambios impulsados por la Ley de Inocencia Fiscal

La iniciativa oficial apunta a simplificar el cumplimiento tributario y promover la formalización de ahorros que permanecen fuera del sistema financiero. Parte de las modificaciones al Régimen Penal Tributario y al Procedimiento Tributario fueron reglamentadas durante febrero.

Uno de los cambios principales fue la actualización de los montos utilizados para determinar la existencia de delitos fiscales. El límite para considerar una evasión simple pasó de $1,5 millones a $100 millones. El umbral de la evasión agravada aumentó de $15 millones a $1000 millones.

La normativa también incorporó la posibilidad de extinguir la acción penal cuando el contribuyente cancela la deuda y los intereses antes de que se presente una denuncia.

El oficialismo trabaja ahora sobre una segunda ley vinculada con este programa. Los profesionales tributarios esperan conocer sus alcances y la manera en la que se integrará con las obligaciones correspondientes al período fiscal 2025.

Cómo funciona el régimen simplificado de Ganancias

Entre las reformas se incorporó un sistema de declaración jurada simplificada destinado a personas humanas con ingresos anuales de hasta $1000 millones y un patrimonio inferior a $10.000 millones.

Dentro de ese mecanismo, el cálculo del impuesto se realiza sobre la facturación informada y deja de tomar como referencia la evolución patrimonial del contribuyente. ARCA confecciona la declaración a partir de los datos disponibles en sus registros.

Quienes acepten la información, presenten la documentación y paguen dentro de los plazos establecidos quedan liberados de otras exigencias formales, excepto cuando se detecten errores graves.

Según los datos difundidos por el organismo, unas 330.000 personas se adhirieron al régimen para quedar comprendidas dentro de las condiciones de Inocencia Fiscal. Cerca de 99.000 todavía deben completar la presentación.

El desdoblamiento de las fechas obliga a prestar atención al calendario: el saldo de Ganancias vence el 27 de julio y la declaración jurada podrá enviarse hasta el 27 de agosto. La extensión ofrece más tiempo para ordenar la información, sin trasladar el plazo correspondiente al pago.

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Los contenidos presentados en este artículo tienen fines exclusivamente informativos y no deben interpretarse como una recomendación de inversión ni de uso de las herramientas mencionadas. Cripto247 no asume responsabilidad por los resultados derivados de su utilización y/o aplicación y recomienda a los lectores realizar su propia investigación antes de tomar decisiones financieras.

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