Dec 10, 2025 8:11 PM
El cierre del año fiscal ya está a la vista y para los usuarios que gestionan sus criptomonedas desde billeteras de auto-custodia llega un momento clave. La Agencia Tributaria afinó su interpretación sobre dónde “residen” los activos digitales y recordó que ciertos movimientos realizados en 2025 pueden activar obligaciones informativas, incluso si los fondos ya no están en plataformas extranjeras.
La advertencia apunta especialmente a quienes retiran criptomonedas de exchanges internacionales para llevarlas a una billetera fría o a una plataforma local. Muchos inversores creen que mover el saldo antes del 31 de diciembre elimina cualquier requisito vinculado al Modelo 721 (el formulario que declara cripto en el extranjero), pero la normativa incluye matices que pueden generar sanciones si no se cumplen.
¿Qué considera Hacienda como “cripto en el extranjero”?
La regla general es sencilla:
- Se consideran activos en el extranjero aquellos que están custodiados por una empresa cuya sede está fuera de España.
- Se consideran activos en territorio español los que están bajo auto-custodia, independientemente de dónde fueron comprados o desde qué plataforma se enviaron.
Esto significa que tener un Ledger, Trezor o cualquier billetera donde el usuario controla la clave privada no obliga a presentar el Modelo 721. En cambio, mantener más de 50.000 euros en exchanges internacionales sí activa la obligación.
Pero el punto crítico no está solo en el saldo a 31 de diciembre, sino en lo que ocurre si el inversor deja de ser titular de esos activos en el extranjero durante el año.
La excepción que muchos pasan por alto: informar la salida de fondos
El criterio actualizado indica que retirar todos los fondos de una plataforma extranjera no elimina la obligación de informar.
Si durante 2025 el inversor tuvo más de 50.000 euros en un exchange internacional y luego movió ese saldo a auto-custodia o cerró su cuenta, debe declarar la extinción de titularidad.
En la práctica, esto implica informar:
- La fecha exacta en la que se retiraron o transmitieron los fondos.
- El valor que tenían en ese momento.
Este requisito aplica para quienes ya han presentado el Modelo 721 en años anteriores. Omitirlo es uno de los errores más comunes y el que más exposición a sanciones genera: Hacienda puede interpretar la falta de declaración como un intento de ocultar movimientos.
Qué deben hacer los inversores antes del 31 de diciembre
Para evitar problemas en 2026, los titulares de criptomonedas deberían revisar tres puntos esenciales:
1. Comprobar el saldo en exchanges extranjeros al 31 de diciembre
Si es inferior a 50.000 euros, no existe obligación de presentar el Modelo 721 por saldo. Pero eso no cubre la obligación por extinción de titularidad.
2. Verificar si hubo retiro total o cierre de cuentas
Quienes hayan dejado a cero una cuenta extranjera y en algún momento del año superaron el umbral, deben preparar la documentación que informe esa salida.
3. Registrar cada movimiento
En auto-custodia, Hacienda no recibe información automática, por lo que es responsabilidad del inversor conservar:
- Dirección de envío
- Hash de transacción
- Valores de adquisición y transmisión
- Movimientos intermedios
Esto será clave ante eventuales revisiones.
Auto-custodia: qué impuestos sí y cuáles no aplica
Tener criptomonedas sin moverlas no genera impuestos por IRPF. El hecho imponible aparece cuando se venden, se intercambian por otros tokens o se convierten a euros. Cada operación computa como ganancia o pérdida patrimonial y debe declararse en el Modelo 100.
Además, quienes tengan patrimonios elevados deben considerar los umbrales del Impuesto sobre el Patrimonio o el Impuesto de Solidaridad, donde los criptoactivos también cuentan dentro de la valoración anual.
Qué implica todo esto para el inversor cripto
El mensaje de Hacienda es claro: la auto-custodia no exime del seguimiento de los movimientos realizados durante el año. Aunque los activos terminen en una billetera fría, los pasos previos deben quedar reflejados si cumplen los criterios exigidos por el Modelo 721.
Para quienes todavía están reorganizando su cartera antes del cierre fiscal, la recomendación es revisar cuidadosamente cada operación hecha en exchanges extranjeros durante 2025 y preparar la información necesaria sobre cualquier salida de fondos, incluso si el saldo final es cero.
La planificación es ahora más importante que nunca: un control adecuado de los movimientos evitará sanciones y garantizará que el inversor entre en 2026 con todas sus obligaciones al día.
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Los contenidos presentados en este artículo tienen fines exclusivamente informativos y no deben interpretarse como una recomendación de inversión ni de uso de las herramientas mencionadas. Cripto247 no asume responsabilidad por los resultados derivados de su utilización y/o aplicación y recomienda a los lectores realizar su propia investigación antes de tomar decisiones financieras.
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