Aug 3, 2026 2:10 PM
ARCA fijó el 5 de agosto como fecha límite para recategorizar el monotributo. Quiénes deben hacer el trámite, nuevas cuotas y consecuencias de no cumplir.
Los contribuyentes deben revisar sus ingresos y los demás parámetros de los últimos 12 meses. La omisión puede derivar en una recategorización de oficio, diferencias de cuotas y una multa.
Los monotributistas cuyos ingresos o condiciones de actividad hayan cambiado tienen tiempo hasta el miércoles 5 de agosto para completar la recategorización correspondiente al segundo semestre de 2026.
El trámite define la categoría y el importe mensual que deberá abonarse con la escala actualizada. Si el contribuyente no realiza ninguna gestión, el sistema entiende que su situación no cambió y lo mantiene en el mismo nivel. Esa continuidad automática puede generar consecuencias cuando los datos disponibles muestran que correspondía subir o bajar de categoría.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mantiene el 5 de agosto como fecha de vencimiento en su calendario oficial. Hasta la mañana del lunes 3 no había comunicado una prórroga.
Quiénes deben hacer la recategorización del monotributo
La recategorización corresponde cuando alguno de los parámetros registrados durante los últimos 12 meses supera o queda por debajo de los límites de la categoría actual.
Para determinar el encuadramiento deben revisarse:
- Los ingresos brutos acumulados.
- Los alquileres devengados por el inmueble utilizado.
- La superficie afectada a la actividad.
- La energía eléctrica consumida.
- El precio unitario máximo, cuando se venden productos.
- La actividad declarada, debido a que las cuotas de servicios y venta de bienes son diferentes desde la categoría C.
La categoría se define por el parámetro que ubique al contribuyente en el nivel más alto. Una persona puede quedar comprendida en una categoría por su facturación y en otra superior por el alquiler o la superficie de su local. En ese caso debe elegir la segunda.
ARCA incorporó una modalidad simplificada que muestra automáticamente la facturación anual detectada por el organismo. El contribuyente debe controlar esa cifra y completar los datos restantes, ya que la información precargada puede no incluir todas las operaciones necesarias para determinar la categoría.
Quiénes no tienen que realizar el trámite
Quienes revisen sus parámetros y comprueben que continúan dentro de la misma categoría no necesitan confirmar su permanencia. La falta de una presentación será interpretada como continuidad en el nivel actual.
También quedan exceptuados quienes todavía no completaron seis meses desde el inicio de la actividad.
Cuando ya transcurrieron seis meses y aún no se alcanzó un año completo, corresponde anualizar los ingresos, el consumo eléctrico y los alquileres del período. Esto significa proyectar esos valores sobre 12 meses para determinar la categoría aplicable.
Por ejemplo, si una persona facturó $6 millones durante sus primeros seis meses, el ingreso anualizado sería de $12 millones. El cálculo sirve para establecer el encuadramiento y no implica que haya facturado efectivamente esa suma.
Nuevas categorías del monotributo desde agosto de 2026
Las escalas actualizadas rigen desde el 1° de agosto y permanecerán vigentes hasta el 31 de enero de 2027. La categoría A admite ingresos de hasta $12.009.410,45 anuales, mientras que la K eleva el límite general hasta $126.610.838,75.

Los importes incluyen el impuesto integrado, el aporte jubilatorio y la obra social de un contribuyente estándar. El monto final puede cambiar para empleados en relación de dependencia, jubilados, profesionales con aportes a cajas provinciales, actividades primarias o personas incorporadas al monotributo unificado. En este último caso se agregan componentes provinciales y, según la jurisdicción, municipales.
La cuota correspondiente a agosto vence el día 20 y debe pagarse mediante medios electrónicos. La nueva categoría tiene efectos sobre ese período.
Qué pasa si un monotributista no se recategoriza
No presentar el trámite no genera automáticamente una sanción, dado que quienes permanecen en la misma categoría tampoco deben realizarlo. El problema aparece cuando correspondía modificar el encuadramiento y el contribuyente conserva un nivel que no coincide con su actividad.
ARCA puede iniciar una recategorización de oficio cuando detecta que las compras, los gastos o las acreditaciones bancarias superan los ingresos compatibles con la categoría declarada. El organismo asigna entonces el nivel que considera correcto y determina las diferencias adeudadas desde agosto.
La normativa también contempla una multa equivalente al 50% del impuesto integrado y de la cotización previsional que se debió pagar cuando la omisión de la recategorización produjo un tributo menor. Si la persona corrige su situación antes de recibir la notificación de la deuda, queda eximida de esa sanción.
Una recategorización de oficio no debe confundirse con una exclusión. La primera mantiene al contribuyente dentro del monotributo y modifica su categoría. La exclusión se aplica cuando supera los límites generales o incurre en otra causal incompatible con el régimen, y puede impedirle regresar durante tres años calendario.
Cómo saber si ARCA realizó una recategorización de oficio
La comunicación llegará al Domicilio Fiscal Electrónico dentro de los 10 días hábiles administrativos posteriores al vencimiento. Allí aparecerán la categoría asignada, los motivos y los elementos considerados.
El contribuyente dispone de 15 días desde la notificación para apelar mediante el servicio “Presentaciones Digitales” y seleccionar “Recategorización de oficio del Monotributo – Apelación en término”.
La revisión frecuente del Domicilio Fiscal Electrónico resulta importante porque los plazos comienzan a correr desde la notificación, incluso cuando la persona no ingresó a leerla.
Cómo recategorizarse en ARCA
El procedimiento se completa por internet:
- Ingresar al portal del Monotributo con CUIT y Clave Fiscal.
- Seleccionar la opción “Recategorización”.
- Revisar la facturación anual informada por el sistema.
- Cargar o verificar los restantes parámetros.
- Confirmar la categoría propuesta.
- Descargar la constancia y la nueva credencial de pago.
ARCA ofrece una guía oficial paso a paso y mantiene publicadas las condiciones de la recategorización. El calendario del organismo conserva el miércoles 5 de agosto como fecha límite.
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