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Cripto247
Sep 3, 2026 12:30 PM

Qué pueden descubrir los investigadores, cuáles son los límites y qué cambió con la regulación de los exchanges.

Una transferencia de Bitcoin puede atravesar varias direcciones, pasar por diferentes wallets y terminar en una plataforma situada fuera de la Argentina. En ninguna parte de la blockchain aparece necesariamente el nombre, el DNI o el domicilio de la persona que ordenó la operación. Sin embargo, eso no significa que el movimiento sea imposible de reconstruir.

El Ministerio Público Fiscal de la Nación cuenta con una Guía práctica para la identificación, trazabilidad e incautación de criptoactivos, elaborada por la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI), que explica cómo abordar una investigación relacionada con Bitcoin y otros activos digitales. El documento abarca desde el seguimiento de transacciones hasta la búsqueda de wallets, claves privadas y frases semilla, además de los procedimientos que pueden aplicarse cuando las autoridades necesitan tomar el control de los fondos.

La guía se complementa con el protocolo para la identificación, recolección y preservación de evidencia digital que utilizan las fuerzas federales. Allí aparecen instrucciones específicas para celulares, computadoras, hardware wallets, códigos QR e incluso equipos utilizados para minería de criptomonedas.

El sistema regulatorio argentino, además, cambió después de la publicación del documento. Desde 2024 existe la figura legal del Proveedor de Servicios de Activos Virtuales (PSAV), mientras que los exchanges y otras compañías alcanzadas quedaron sujetos a obligaciones de identificación, conservación de información, prevención del lavado de activos y supervisión de la CNV y la UIF. 

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Criptoactivos, criptomonedas y tokens: cuál es la diferencia

El punto de partida de la guía es distinguir conceptos que muchas veces se utilizan como sinónimos.

El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) define a los activos virtuales como representaciones digitales de valor que pueden comercializarse o transferirse digitalmente y utilizarse con fines de pago o inversión. Dentro de ese universo, la UFECI identifica como criptoactivos a aquellos implementados mediante técnicas criptográficas y sistemas basados en blockchain.

La guía diferencia además entre criptomonedas nativas de una red, como Bitcoin o Ether, y tokens creados sobre otras plataformas mediante contratos inteligentes.

Dentro de ese ecosistema aparecen las stablecoins, diseñadas para mantener un valor relativamente estable; los NFT, que representan activos no fungibles; las altcoins, denominación utilizada tradicionalmente para las criptomonedas distintas de Bitcoin; y los tokens creados mediante diferentes mecanismos de emisión.

Para una investigación penal, la distinción tiene importancia práctica: cada activo puede funcionar en una blockchain distinta, tener otro formato de dirección y requerir herramientas diferentes para reconstruir sus movimientos.

Por qué una transferencia de Bitcoin puede seguirse

La característica que permite iniciar buena parte de estas investigaciones está dentro del propio funcionamiento de las blockchains públicas.

En Bitcoin, cualquier persona puede consultar las operaciones registradas en la red mediante un explorador. Para una investigación existen dos datos especialmente útiles: una dirección y el identificador de una transacción, conocido como TXID.

El TXID funciona como un identificador único de la operación. Al consultarlo es posible obtener información como el bloque en el que quedó registrada, las direcciones que participaron, los fondos transferidos, las salidas de la operación y las comisiones abonadas. La UFECI incluye este tipo de búsqueda dentro de las técnicas básicas de análisis de transacciones.

También se puede comenzar desde una dirección determinada y reconstruir sus movimientos anteriores y posteriores.

La propia UFECI reúne herramientas gratuitas destinadas a estas investigaciones. Entre ellas aparecen WalletExplorer, para operaciones de Bitcoin e identificación de direcciones; Blockchair, que permite analizar distintas blockchains; Blockstream, para transacciones de Bitcoin; y Etherscan, dedicado al ecosistema Ethereum. (

El resultado puede ser una cadena extensa: una dirección envía fondos a otra, esa segunda dirección divide el saldo, una parte pasa a una tercera y posteriormente llega a una plataforma conocida.

La dificultad consiste en establecer quién estaba detrás de esas direcciones.

Bitcoin es pseudoanónimo: qué significa para una investigación

Una blockchain pública registra operaciones, pero normalmente no incorpora junto a cada dirección el nombre de la persona que la controla.

Por eso resulta más preciso hablar de pseudoanonimato.

Una dirección puede observarse públicamente y es posible conocer parte de su actividad, aunque su vínculo con una identidad real requiera información adicional. La UFECI dedica una parte central de su guía precisamente a resolver ese problema mediante trazabilidad, agrupamiento de direcciones y datos provenientes de terceros.

En la práctica, el investigador intenta encontrar un punto donde el universo de blockchain se cruce con una actividad identificable fuera de ella.

Ese punto puede ser un exchange, una empresa, una wallet encontrada en un dispositivo, una transferencia conocida, una dirección publicada por alguien, información proporcionada por otra investigación o documentación secuestrada.

Cómo se relacionan varias direcciones con un mismo usuario

El análisis de blockchain cuenta con técnicas de clustering o agrupamiento que intentan detectar relaciones entre diferentes direcciones.

Bitcoin, por ejemplo, permite que una operación utilice fondos provenientes de distintas entradas. Determinados patrones pueden aportar indicios de que varias direcciones se encuentran bajo un mismo control.

También existen las etiquetas.

Empresas especializadas, investigadores y herramientas de blockchain crean bases de datos que relacionan determinadas direcciones con exchanges, servicios, mercados y otras entidades conocidas.

Llegar a una dirección etiquetada puede resultar decisivo porque abre otra etapa de la investigación.

La UFECI advierte, de todos modos, que estas inferencias deben analizarse junto con el resto de la evidencia. Las herramientas de agrupamiento trabajan a partir de patrones y heurísticas; una coincidencia aporta información para investigar, pero no sustituye por sí sola la prueba sobre quién controló los fondos.

El momento clave: cuando las criptomonedas llegan a un exchange

Si los investigadores siguen una serie de operaciones y finalmente detectan una transferencia hacia una dirección asociada a un exchange, la blockchain permite determinar que los fondos llegaron a esa plataforma. El paso siguiente consiste en averiguar qué usuario los recibió. 

Este punto es mucho más relevante hoy que cuando la UFECI publicó su guía.

La Ley 27.739 incorporó en 2024 a los PSAV al régimen argentino. La definición comprende, entre otras actividades realizadas como negocio por cuenta de terceros, el intercambio entre activos virtuales y monedas fiduciarias, el intercambio entre diferentes activos virtuales, las transferencias y la custodia o administración de estos activos. La CNV quedó a cargo del registro y la supervisión de los proveedores alcanzados. 

La UIF estableció además obligaciones de debida diligencia, conocimiento del cliente y beneficiario final, monitoreo de operaciones, análisis de operaciones inusuales, reportes de operaciones sospechosas y conservación de información. La normativa también exige determinados reportes sistemáticos sobre operaciones con activos virtuales. 

Así, una investigación puede tener dos capas de información diferentes: la operación visible en blockchain y los registros internos que conserva una plataforma sobre la cuenta que intervino.

Qué datos podrían ayudar a identificar al usuario

La información disponible dependerá de la empresa, la jurisdicción, el tipo de cuenta y las exigencias legales aplicables.

Los registros de un proveedor pueden aportar elementos de identificación del cliente, documentación presentada al crear la cuenta, antecedentes de operaciones, información asociada con depósitos y retiros y otros datos técnicos conservados por el servicio.

La guía de UFECI sobre obtención de evidencia electrónica en el extranjero distingue entre información básica del suscriptor, datos transaccionales y contenido, y advierte que cada categoría puede requerir mecanismos legales diferentes. También recomienda preservar la información cuanto antes cuando exista riesgo de que los registros desaparezcan por el transcurso del tiempo.

Esto cobra especial importancia en el mercado cripto, donde buena parte de las principales plataformas operan internacionalmente.

Una dirección observada desde la Argentina puede conducir a una compañía situada en otra jurisdicción. En esos casos entran en juego los canales de cooperación internacional y los procedimientos que correspondan según el país donde se encuentre la empresa o la información.

Exchanges regulados, autocustodia y DeFi: no todos los casos son iguales

La regulación vigente también obliga a distinguir entre distintas formas de operar con criptomonedas.

Las normas actuales de la CNV establecen el Registro de PSAV y determinan qué prestadores deben inscribirse. Al mismo tiempo, el texto vigente excluye de la definición de PSAV a quienes realizan operaciones para sí mismos, a quienes reciben activos virtuales como pago por productos o servicios, a determinados protocolos descentralizados sin un proveedor identificable y a quienes prestan exclusivamente servicios de wallets de autocustodia. 

Esta diferencia tiene consecuencias prácticas: cuando los fondos permanecen en un proveedor centralizado, existe una empresa capaz de mantener registros y eventualmente cumplir una orden judicial. 

En una wallet de autocustodia, el control depende de las claves.

Y en determinados sistemas descentralizados puede no existir una empresa equivalente a un exchange centralizado a la cual dirigir una orden para inmovilizar una cuenta.

Mixers, CoinJoin y otros obstáculos al seguimiento

El recorrido tampoco siempre presenta una cadena sencilla de direcciones.

Existen técnicas destinadas a aumentar la privacidad y dificultar la relación entre los fondos de entrada y salida. La guía menciona expresamente CoinJoin, mixers y tumblers como obstáculos posibles para la trazabilidad.

En términos generales, estas herramientas introducen múltiples participantes, entradas, salidas u operaciones intermedias que complican el seguimiento.

Eso puede reducir la certeza de determinadas inferencias y multiplicar el volumen de información que debe analizarse.

Su utilización tampoco demuestra por sí misma que exista un delito. Las técnicas de privacidad tienen usos legítimos. Desde la perspectiva investigativa, representan un elemento adicional que obliga a buscar más evidencia antes de relacionar una operación con una persona concreta.

La guía también menciona soluciones de segunda capa, como Lightning Network, entre las tecnologías que agregan complejidad al análisis porque una parte de la actividad puede producirse fuera de la cadena principal.

Una investigación puede terminar en una hoja de papel

La blockchain representa solamente una parte del escenario.

Una de las particularidades de las investigaciones con criptomonedas aparece cuando los fiscales y las fuerzas de seguridad llegan hasta dispositivos y documentación física.

El protocolo federal de evidencia digital establece que durante un allanamiento debe prestarse atención a anotaciones, credenciales, contraseñas, direcciones de criptoactivos, claves privadas y frases semilla. También dedica instrucciones específicas a las wallets frías y a los códigos QR que puedan estar relacionados con billeteras. 

Una libreta con doce o veinticuatro palabras, por ejemplo, puede adquirir enorme importancia.

Muchas wallets determinísticas utilizan una seed phrase a partir de la cual pueden recuperarse las claves que controlan diferentes direcciones. La guía explica que las billeteras determinísticas y jerárquicas permiten reconstruir la estructura asociada a partir de esa semilla.

Por esa razón, secuestrar físicamente un dispositivo no garantiza el control de las criptomonedas asociadas.

Si otra persona conserva una copia válida de las claves o de la frase de recuperación, puede existir la posibilidad de acceder a los activos desde otro equipo.

Qué buscan en computadoras y celulares

El material de UFECI contempla distintas clases de evidencia que pueden ayudar a reconstruir una operatoria.

Además de claves o direcciones escritas, un dispositivo puede contener aplicaciones de wallets, accesos a plataformas, documentos, imágenes, correos electrónicos, servicios de mensajería y rastros de navegación vinculados con operaciones.

El protocolo impone precauciones especiales para preservar esa evidencia.

Ante un celular encendido, por ejemplo, establece como prioridad aislarlo de las redes para reducir el riesgo de modificación o borrado remoto y advierte que deben evitarse interacciones innecesarias con el equipo. Cada acción relevante debe quedar documentada. 

La razón excede a las criptomonedas: cualquier manipulación puede alterar la evidencia digital y dificultar posteriormente su análisis forense.

Hasta los rigs de minería forman parte del protocolo

La documentación oficial contempla otra escena posible: encontrar una instalación de minería durante un procedimiento.

El protocolo identifica los rigs construidos con placas gráficas y los equipos especializados conocidos como ASIC. Debido al valor que pueden tener, su aparición debe informarse a la autoridad judicial para decidir si corresponde su secuestro.

Si se dispone la incautación, el procedimiento debe coordinarse con personal especializado en criptoactivos. 

Qué ocurre cuando la Justicia consigue las claves

Encontrar una wallet y controlar los activos son cuestiones diferentes.

La guía de UFECI dedica un capítulo completo al procedimiento de incautación. El problema principal aparece en la naturaleza de estos activos: quien posea las claves necesarias podría tener la capacidad de moverlos incluso después del secuestro de una computadora, un celular o un hardware wallet.

Por eso, ante una investigación donde existe riesgo de transferencia, el tiempo puede resultar crítico.

Si los fondos permanecen dentro de una plataforma centralizada, una orden dirigida al proveedor puede permitir adoptar medidas sobre la cuenta.

Cuando los activos se encuentran bajo autocustodia, las autoridades necesitan controlar las credenciales necesarias para ejecutar una nueva transacción.

La wallet de destino para los fondos incautados

La guía recomienda preparar previamente el mecanismo de custodia que recibirá las criptomonedas.

Entre las alternativas menciona wallets que permitan utilizar firma múltiple, de manera que una sola clave comprometida no permita disponer de los fondos.

En un esquema multisig se exige la participación de más de una clave para autorizar determinadas operaciones, lo que agrega una protección frente a robo, pérdida o uso unilateral de las credenciales.

La elección de la herramienta también depende del activo incautado. Una wallet preparada para Bitcoin puede requerir procedimientos distintos de los necesarios para un token emitido sobre otra blockchain.

Cómo se ejecuta la incautación

Una vez que existe acceso efectivo a los activos, el movimiento se parece técnicamente a cualquier otra transferencia en blockchain: los fondos deben enviarse desde la dirección bajo investigación hacia una dirección preparada para la custodia judicial.

Aunque técnicamente se trata de una transferencia como cualquier otra, el procedimiento judicial exige controles destinados a reducir el riesgo de errores. 

La guía propone medidas destinadas a disminuir el riesgo operativo y recomienda que las tareas sensibles tengan supervisión. Un error en la dirección de destino puede resultar especialmente grave debido al carácter irreversible de muchas transacciones.

Después del movimiento, el registro público de la blockchain permite comprobar que los fondos llegaron a la dirección prevista.

El procedimiento debe conservar además los elementos necesarios para acreditar qué se transfirió, desde qué dirección, hacia dónde, en qué operación y bajo qué custodia. La preservación posterior de las claves que controlan la wallet receptora pasa a ser un problema de seguridad central.

¿Las criptomonedas incautadas se guardan o se venden?

La guía contempla también qué hacer después de la incautación.

Los activos pueden permanecer custodiados en su especie, pero el documento analiza la posibilidad de su venta anticipada en determinados casos, siempre bajo decisión de la autoridad judicial competente.

El principal problema es la volatilidad: el precio de una criptomoneda puede variar de manera considerable durante el tiempo que dure una causa. 

Mantener el activo permite conservar una eventual suba de precio, pero también expone a una caída y suma los riesgos asociados con la custodia de las claves. 

La guía plantea que la conveniencia de cada alternativa debe evaluarse según las circunstancias concretas y no establece una solución única.

Qué dice el documento sobre la naturaleza jurídica de las criptomonedas

La última parte de la guía aborda la situación legal de los criptoactivos en la Argentina.

El documento recoge la interpretación doctrinaria según la cual pueden integrar el patrimonio como bienes susceptibles de valor económico y analiza su tratamiento dentro del Código Civil y Comercial.

También repasa criterios tributarios existentes al momento de su publicación.

Este capítulo requiere una precaución importante: la guía es de 2023. Desde entonces cambiaron numerosas normas relacionadas con el ecosistema, comenzó a funcionar ARCA en reemplazo de la AFIP, se modificó el régimen de prevención de lavado y se estableció una regulación específica para los PSAV.

Por eso, esas páginas sirven para comprender el marco jurídico que existía cuando se redactó el documento, pero no deberían utilizarse de manera aislada para determinar obligaciones tributarias o regulatorias actuales.

Qué cambió desde que UFECI publicó la guía

El cambio más importante ocurrió en marzo de 2024.

La Ley 27.739 incorporó formalmente al derecho argentino la definición de activo virtual y de Proveedor de Servicios de Activos Virtuales, incluyó a los PSAV entre los sujetos obligados del sistema de prevención del lavado y puso su registro y supervisión en manos de la CNV.

Un año después, la Resolución General 1058 desarrolló un marco más amplio para estos proveedores, con exigencias relacionadas con registro, funcionamiento, seguridad de la información, custodia y protección de usuarios. La regulación sigue integrada en las Normas de la CNV y tuvo nuevas modificaciones durante 2026. 

La CNV aclara además un punto relevante: su competencia específica se concentra en los proveedores. Los activos virtuales en sí mismos quedan fuera de esa regulación salvo cuando, por sus características, encuadren como valores negociables. 

Qué puede saber realmente la Justicia sobre una wallet de Bitcoin

Una dirección pública por sí sola puede no revelar quién la controla, pero ofrece un punto concreto desde donde comenzar. La transacción puede conducir hacia nuevas direcciones, algunas relacionadas entre sí, hasta alcanzar eventualmente un exchange que conserve registros sobre su cliente. Una computadora puede contener una wallet. Un correo puede relacionar una operación con determinada cuenta. Una frase semilla encontrada durante un allanamiento puede proporcionar acceso a direcciones que hasta ese momento parecían independientes. La investigación surge de la combinación de esas evidencias.

Pero también existen límites. Los sistemas de privacidad, las plataformas en jurisdicciones extranjeras, la falta de registros, la autocustodia, los protocolos descentralizados y determinadas tecnologías pueden dificultar o interrumpir el recorrido.

Pero la idea de que una transferencia de Bitcoin desaparece automáticamente detrás de una sucesión de caracteres no coincide con la forma en que funcionan las blockchains públicas ni con las herramientas que hoy utilizan los investigadores.

El dato inicial puede ser apenas un TXID y, a partir de allí, la blockchain puede revelar el recorrido del dinero. Los registros externos pueden aportar la identidad y, si la investigación consigue además las claves necesarias, las autoridades pueden llegar incluso a transferir los activos hacia una wallet bajo custodia judicial. 

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Los contenidos presentados en este artículo tienen fines exclusivamente informativos y no deben interpretarse como una recomendación de inversión ni de uso de las herramientas mencionadas. Cripto247 no asume responsabilidad por los resultados derivados de su utilización y/o aplicación y recomienda a los lectores realizar su propia investigación antes de tomar decisiones financieras.

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