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Cripto247
May 8, 2026 5:35 PM

La Resolución 000240 de la DIAN, emitida en diciembre de 2025, establece la obligatoriedad de declarar criptomonedas como patrimonio en la renta 2026. Es la primera vez que la obligación tiene base normativa formal en Colombia.

A partir de 2026, los colombianos que tengan criptomonedas están obligados a declararlas como parte de su patrimonio en la declaración de renta, en cumplimiento de la Resolución 000240 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) emitida en diciembre de 2025. 

No hacerlo puede derivar en sanciones. Con la temporada de declaraciones en curso, repasamos lo que el inversor colombiano necesita saber antes del vencimiento.

Qué establece la Resolución 000240 de la DIAN

La DIAN formalizó en diciembre de 2025 la obligatoriedad de reportar criptomonedas como parte del patrimonio en la declaración anual de renta. La medida aplica tanto para personas naturales como para empresas que tengan activos en bitcoin, ethereum, stablecoins u otros tokens. El criterio de la DIAN clasifica las criptomonedas como activos intangibles de carácter financiero. Su valor debe reportarse al cierre del ejercicio fiscal (31 de diciembre de 2025), a la tasa de cambio oficial publicada por el Banco de la República de Colombia para esa fecha.

Qué activos deben declararse y cómo

Cualquier criptomoneda con valor económico, independientemente de si se obtuvo por compra, minería o recompensas de staking, entra dentro del patrimonio declarable. Esto incluye:

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  • bitcoin y ethereum
  • Stablecoins como USDT, USDC y DAI
  • Tokens de plataformas DeFi
  • NFTs con valor de mercado comprobable

Los activos en exchanges o en wallets de custodia propia deben declararse por igual. La DIAN no distingue entre cripto custodiada por un tercero y cripto en wallet personal del contribuyente.

Las consecuencias de no declarar

No declarar activos cripto cuando se tiene la obligación constituye una inexactitud en la declaración de renta, lo que puede derivar en sanciones de hasta el 160% del impuesto que se habría generado sobre esos activos, según el Estatuto Tributario colombiano. La Superintendencia Financiera recuerda que las criptomonedas no son moneda de curso legal en Colombia, pero esa distinción no afecta la obligación tributaria: si tienen valor, se declaran. 

Los inversores que no estén seguros de cómo reportar sus activos deben consultar con un contador habilitado o acceder a las guías oficiales en el sitio de la DIAN.

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Los contenidos presentados en este artículo tienen fines exclusivamente informativos y no deben interpretarse como una recomendación de inversión ni de uso de las herramientas mencionadas. Cripto247 no asume responsabilidad por los resultados derivados de su utilización y/o aplicación y recomienda a los lectores realizar su propia investigación antes de tomar decisiones financieras.

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